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Calculadora de finiquito e indemnización por despido 2026

Indica tu salario bruto anual, las fechas del contrato y cómo termina. Te estimamos el finiquito y, si te corresponde, la indemnización según el Estatuto de los Trabajadores.

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Qué incluye el finiquito y cómo se calcula la indemnización

El finiquito liquida lo que la empresa te debe al terminar: los días trabajados del último mes, las vacaciones generadas y no disfrutadas, y la parte proporcional de las pagas extra si no las cobras prorrateadas. Te corresponde siempre, también si te vas tú.

La indemnización depende de cómo acaba el contrato. Fin de contrato temporal: 12 días de salario por año trabajado. Despido objetivo: 20 días por año, con un máximo de 12 mensualidades. Despido improcedente: 33 días por año, con un máximo de 720 días. Si te vas voluntariamente o el despido disciplinario es procedente, no hay indemnización.

Si empezaste a trabajar antes del 12 de febrero de 2012, el despido improcedente se calcula a 45 días por año hasta esa fecha y a 33 días desde entonces, con las reglas de la disposición transitoria 11.ª del Estatuto.

El salario diario es el salario bruto anual (con las pagas extra) dividido entre 365, y los periodos de menos de un año se prorratean por meses: un mes empezado cuenta como entero.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto me corresponde por despido improcedente con 5 años de antigüedad?+

33 días por año: 165 días de salario. Con un sueldo de 24.000 € al año (65,75 € al día), unos 10.849 €.

¿Me pagan el finiquito si me voy yo?+

Sí. El finiquito (salario pendiente, vacaciones y pagas extra) se cobra siempre; lo que no tienes es indemnización.

¿El finiquito tributa?+

El finiquito sí: tiene retención de IRPF y Seguridad Social como una nómina. La indemnización por despido está exenta de IRPF hasta el importe obligatorio por ley (con un límite de 180.000 €).

¿Es exacta esta calculadora?+

Es una estimación con las reglas generales. Tu convenio, los complementos salariales o un acuerdo con la empresa pueden cambiar el resultado: revisa siempre el documento antes de firmarlo y, si dudas, consulta con un abogado laboralista o tu sindicato.

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